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👨‍👩‍👧 Cita Previa para la Tarjeta de Familiar de la UE

La tarjeta para familiares no comunitarios de un ciudadano de la Unión Europea. Gestionamos la cita de presentación y la de huellas en toda España.

Si eres familiar de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y no tienes nacionalidad comunitaria, el trámite que te corresponde es la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. A diferencia del certificado verde, esta sí es una tarjeta física y sí requiere toma de huellas.

Cómo funciona el trámite

1

Comprueba el vínculo familiar

Cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 21 años o a cargo, y ascendientes a cargo. El vínculo debe acreditarse con documentación legalizada o apostillada.

2

Prepara el EX-19 y la documentación del familiar UE

Hace falta también el certificado de registro del ciudadano de la UE y la prueba de que reside en España.

3

Presenta la solicitud

Según la provincia, la presentación puede requerir cita previa en la Oficina de Extranjería.

4

Cita de huellas y recogida

Con la resolución favorable se pide cita de toma de huellas y, más adelante, la de recogida de la tarjeta.

¿Tienes dudas con tu caso? Escríbenos por WhatsApp →

Cita de Tarjeta de Familiar UE

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📄 Documentación habitual

  • Pasaporte en vigor del solicitante, original y copia completa.
  • Formulario EX-19 cumplimentado.
  • Documento acreditativo del vínculo: certificado de matrimonio, de pareja registrada o de nacimiento, legalizado o apostillado y traducido.
  • Certificado de registro del ciudadano de la UE y copia de su documento de identidad.
  • Acreditación de que el ciudadano de la UE reside en España: trabajo, estudios o medios suficientes.
  • Certificado de empadronamiento conjunto, cuando la oficina lo solicite.
  • Justificante de pago de la tasa 790 código 012.

👪 Quién puede solicitarla

  • Cónyuge, siempre que no haya separación legal o divorcio.
  • Pareja registrada en un registro público oficial.
  • Hijos menores de 21 años, o mayores que estén a cargo.
  • Ascendientes directos a cargo del ciudadano de la UE o de su cónyuge.

Precio del servicio

Tarifa fija por la gestión de la cita. No se cobra nada por adelantado: el pago se solicita cuando la cita está confirmada y puedes verificarla tú mismo.

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Preguntas frecuentes

¿Esta tarjeta permite trabajar?

Sí. La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión habilita para residir y trabajar en España, por cuenta propia o ajena.

¿Cuánto tiempo de validez tiene?

Habitualmente cinco años, o el tiempo de residencia previsto del ciudadano de la UE si es inferior. Después puede solicitarse la tarjeta permanente.

¿Se toman las huellas?

Sí. A diferencia del certificado verde para ciudadanos de la UE, esta tarjeta es física y requiere toma de huellas y una cita posterior de recogida.

¿Sirve una pareja de hecho no registrada?

No. Debe estar inscrita en un registro público oficial. Una convivencia sin registro no se admite para este trámite.

¿Y si el ciudadano de la UE no está registrado en España?

Es requisito previo: el ciudadano de la UE debe tener su certificado de registro y acreditar que reside en España. Sin eso, el trámite del familiar no avanza.

Última revisión: agosto de 2026. Información general; no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos pueden variar según la normativa vigente y la oficina correspondiente.

También te puede interesar

Certificado de registro de la UE → Cita de toma de huellas → Cita de recogida de la tarjeta →

Lo que la oficina comprueba de verdad

La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea no se concede por el parentesco a secas. El expediente gira alrededor de una cosa: que el ciudadano de la UE resida realmente en España y esté en una de las situaciones previstas —trabajando, por cuenta propia, estudiando o con medios económicos y seguro médico suficientes—. Si eso no se acredita, el parentesco no basta.

Quién puede pedirla

  • Cónyuge o pareja registrada del ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.
  • Hijos menores de 21 años, o mayores a cargo, del ciudadano o de su cónyuge.
  • Ascendientes a cargo del ciudadano o de su cónyuge.
  • Otros familiares en supuestos concretos, cuando se acredita convivencia previa o dependencia.

Si tú mismo eres ciudadano de la UE, no pides esta tarjeta: pides el certificado de registro (CUE), que es otro trámite y otro formulario.

El formulario y la tasa

Se presenta el EX-19. No lo confundas con el EX-18: el EX-18 es para el propio ciudadano de la UE, el EX-19 para su familiar que no lo es. La tasa es la 790-012, la misma de las tarjetas, y se paga antes de la cita: se lleva el justificante impreso.

Documentación que suele pedirse

  • Pasaporte completo en vigor del familiar solicitante.
  • Documento de identidad o pasaporte del ciudadano de la UE, y su certificado de registro si ya lo tiene.
  • Prueba del vínculo: certificado de matrimonio, de pareja registrada o de nacimiento, legalizado o apostillado y con traducción jurada al castellano cuando no esté en español.
  • Prueba de la situación del ciudadano de la UE: vida laboral o alta en la Seguridad Social, alta de autónomo, o medios económicos y seguro médico si no trabaja.
  • Acreditación de la convivencia o del domicilio común, habitualmente el certificado de empadronamiento conjunto.
  • Tres fotografías recientes en color, fondo blanco, tamaño carné.

En el caso de ascendientes e hijos mayores, además hay que probar que están a cargo: transferencias periódicas, declaración de ingresos en el país de origen, ausencia de pensión propia. Es donde más expedientes se requieren.

Después de la resolución: las huellas

La tarjeta de familiar de la UE es una tarjeta física, así que hay una segunda cita: la toma de huellas, y más tarde la recogida de la tarjeta. Cada paso es un trámite distinto en el sistema de citas y hay que pedir el correcto: con otro, el funcionario no puede atenderte y el hueco se pierde. La tarjeta lleva número de soporte propio, algo que el certificado verde del ciudadano de la UE no tiene.

Errores frecuentes

  • Presentar el certificado de matrimonio sin apostilla ni traducción jurada.
  • Aportar solo el parentesco y no la situación del ciudadano de la UE en España.
  • Empadronarse en direcciones distintas cuando se alega convivencia.
  • Usar el EX-18 en lugar del EX-19.
  • Pedir la cita de huellas antes de tener la resolución.

Última revisión: 5 de septiembre de 2026.

Información general, no asesoramiento jurídico. Confirma la hoja informativa oficial de tu trámite antes de presentar.