Si eres familiar de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y no tienes nacionalidad comunitaria, el trámite que te corresponde es la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. A diferencia del certificado verde, esta sí es una tarjeta física y sí requiere toma de huellas.
Cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 21 años o a cargo, y ascendientes a cargo. El vínculo debe acreditarse con documentación legalizada o apostillada.
Hace falta también el certificado de registro del ciudadano de la UE y la prueba de que reside en España.
Según la provincia, la presentación puede requerir cita previa en la Oficina de Extranjería.
Con la resolución favorable se pide cita de toma de huellas y, más adelante, la de recogida de la tarjeta.
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Tarifa fija por la gestión de la cita. No se cobra nada por adelantado: el pago se solicita cuando la cita está confirmada y puedes verificarla tú mismo.
Tarjeta de familiar UE
Prioridad y asesoría de documentos
Sí. La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión habilita para residir y trabajar en España, por cuenta propia o ajena.
Habitualmente cinco años, o el tiempo de residencia previsto del ciudadano de la UE si es inferior. Después puede solicitarse la tarjeta permanente.
Sí. A diferencia del certificado verde para ciudadanos de la UE, esta tarjeta es física y requiere toma de huellas y una cita posterior de recogida.
No. Debe estar inscrita en un registro público oficial. Una convivencia sin registro no se admite para este trámite.
Es requisito previo: el ciudadano de la UE debe tener su certificado de registro y acreditar que reside en España. Sin eso, el trámite del familiar no avanza.
Última revisión: agosto de 2026. Información general; no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos pueden variar según la normativa vigente y la oficina correspondiente.
La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea no se concede por el parentesco a secas. El expediente gira alrededor de una cosa: que el ciudadano de la UE resida realmente en España y esté en una de las situaciones previstas —trabajando, por cuenta propia, estudiando o con medios económicos y seguro médico suficientes—. Si eso no se acredita, el parentesco no basta.
Si tú mismo eres ciudadano de la UE, no pides esta tarjeta: pides el certificado de registro (CUE), que es otro trámite y otro formulario.
Se presenta el EX-19. No lo confundas con el EX-18: el EX-18 es para el propio ciudadano de la UE, el EX-19 para su familiar que no lo es. La tasa es la 790-012, la misma de las tarjetas, y se paga antes de la cita: se lleva el justificante impreso.
En el caso de ascendientes e hijos mayores, además hay que probar que están a cargo: transferencias periódicas, declaración de ingresos en el país de origen, ausencia de pensión propia. Es donde más expedientes se requieren.
La tarjeta de familiar de la UE es una tarjeta física, así que hay una segunda cita: la toma de huellas, y más tarde la recogida de la tarjeta. Cada paso es un trámite distinto en el sistema de citas y hay que pedir el correcto: con otro, el funcionario no puede atenderte y el hueco se pierde. La tarjeta lleva número de soporte propio, algo que el certificado verde del ciudadano de la UE no tiene.
Última revisión: 5 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Confirma la hoja informativa oficial de tu trámite antes de presentar.