El título de viaje es un documento que expide la Policía Nacional española a personas que, por su situación, no pueden obtener un pasaporte de su país de origen. Sustituye al pasaporte a efectos de viaje, y su expedición requiere cita previa en comisaría.
Se dirige principalmente a personas con protección internacional reconocida, apátridas y quienes acrediten que no pueden obtener pasaporte de su país. Confirma tu supuesto antes de solicitarlo.
Tu tarjeta de residencia o de protección internacional, la resolución que acredite tu situación y la justificación de por qué no puedes obtener pasaporte.
El título de viaje lleva su propia tasa oficial. El justificante se presenta en la cita.
Monitorizamos la disponibilidad en la provincia que nos indiques y reservamos en cuanto aparece un hueco compatible con tus fechas.
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Priorizamos huecos de título de viaje
Tarifa fija por la gestión de la cita. No se cobra nada por adelantado: el pago se solicita cuando la cita está confirmada y puedes verificarla tú mismo.
Título de Viaje
Prioridad y asesoría de documentos
Principalmente personas con protección internacional reconocida (refugiados y protección subsidiaria), personas apátridas, y quienes acrediten que no pueden obtener un pasaporte de su país de origen. Los requisitos exactos los valora la administración en cada caso.
Sirve como documento de viaje en su lugar, pero no es un pasaporte y no lo sustituye a todos los efectos. Los países de destino pueden aplicar requisitos propios y exigir visado.
No. El título de viaje excluye expresamente el país de origen del titular, y viajar allí puede afectar a tu estatuto de protección en España.
Se expide con una validez limitada y hay que renovarlo al caducar. La duración concreta depende de tu situación y de la resolución que lo autorice.
No. La autorización de regreso sirve para salir y volver a España mientras tu tarjeta está en trámite o caducada, y se usa junto con el pasaporte. El título de viaje es para quien no puede tener pasaporte.
Después. No cobramos nada por adelantado: el pago se solicita cuando la cita está confirmada y puedes verificarla tú mismo. La tasa oficial se abona directamente a la administración.
Última revisión: agosto de 2026. Información general; no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos pueden variar según la normativa vigente y la oficina correspondiente.